Abogados especialistas en Medidas cautelares

En nuestro despacho encontrarás abogados expertos en medidas cautelares con una amplia trayectoria en el ámbito civil, mercantil y de familia.
Las medidas cautelares son herramientas procesales que permiten garantizar la efectividad de una futura sentencia, evitando que el paso del tiempo o la actuación de la parte contraria hagan imposible ejecutar un derecho reconocido judicialmente.

Nuestro equipo te asesora en la solicitud, defensa o impugnación de medidas cautelares, diseñando una estrategia procesal adaptada a tu caso concreto para proteger tus intereses desde el primer momento.

Contacta con Nosotros

Atención completamente a medida, trabajando mano a mano contigo para encontrar la mejor solución legal.

Formación en Brasil y España. Asesoramiento en portugués y español, ideal para clientes internacionales.

profesional cercano, accesible y adaptado a tus necesidades concretas.

Medidas cautelares en el proceso civil

En el ámbito civil, las medidas cautelares se regulan en la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), artículos 721 a 747, y tienen como finalidad asegurar el cumplimiento de una futura resolución judicial.
Se pueden solicitar antes o durante el procedimiento, y el juez las concederá si aprecia indicios suficientes de que el derecho reclamado podría verse frustrado sin su adopción.

Regulación y legitimación para solicitar medidas cautelares

Cualquier persona física o jurídica que acredite un interés legítimo y urgente puede solicitar medidas cautelares, siempre que exista un proceso judicial en curso o se vaya a iniciar de forma inminente.

Entre las más habituales se encuentran el embargo preventivo, la anotación de demandas en el Registro de la Propiedad o la suspensión de actos administrativos o mercantiles que puedan causar perjuicio irreparable.

Embargo preventivo

El embargo preventivo es una de las medidas más comunes. Consiste en la retención de bienes del demandado para garantizar que, si la sentencia es favorable al demandante, exista patrimonio suficiente para hacerla efectiva.
Esta medida puede solicitarse antes del juicio o durante el mismo, y requiere acreditar tanto la apariencia de buen derecho (fumus boni iuris) como el riesgo de daño irreparable (periculum in mora).

Características y tipos de medidas cautelares

Las medidas cautelares se caracterizan por ser provisionales, accesorias, urgentes y reversibles.
Su principal función es mantener la situación actual mientras el tribunal resuelve el fondo del asunto, evitando maniobras dilatorias o fraudulentas.

Entre las medidas más frecuentes en derecho civil y mercantil se incluyen:

  • Anotaciones preventivas en registros.

  • Retención de cantidades o bienes.

  • Suspensión de acuerdos sociales o contratos.

  • Intervención judicial de sociedades o bienes.

  • Inmovilización de cuentas o valores.

Medidas cautelares específicas y responsabilidad de administradores

En el ámbito empresarial, las medidas cautelares pueden implicar responsabilidad de administradores por deudas sociales, el bloqueo de operaciones societarias o la intervención temporal de la gestión.

También se aplican medidas como la prohibición de disponer de activos, la suspensión de acuerdos de junta o la designación de un auditor o administrador judicial.
Estas actuaciones son fundamentales para proteger el patrimonio social y evitar perjuicios a socios o acreedores.

Tercerías en casos de embargo preventivo

Cuando un bien embargado pertenece a un tercero ajeno al procedimiento, puede plantearse una tercería de dominio o de mejor derecho.
En estos casos, el juez analizará si el bien realmente pertenece al demandado o si el tercero tiene prioridad en el cobro.
Nuestros abogados te asesoran en la preparación de estas tercerías, tanto para defender tu propiedad como para garantizar la ejecución eficaz del embargo.

Medidas cautelares en procedimientos de familia

En el ámbito del derecho de familia, las medidas cautelares tienen un papel esencial, ya que protegen los derechos de los hijos y las necesidades económicas del cónyuge más vulnerable mientras se tramita el divorcio o la separación.

 

¿Qué son las medidas cautelares en el ámbito familiar?

Son resoluciones judiciales de carácter temporal que regulan la situación de los progenitores y los hijos hasta que exista una sentencia firme.
Pueden solicitarse antes o al mismo tiempo que la demanda principal, y buscan evitar daños irreversibles durante el proceso.

Tipos de medidas cautelares en familia

Medidas personales

Regulan la custodia, el régimen de visitas, la comunicación con los hijos y la convivencia. También pueden incluir la suspensión temporal de la patria potestad o de la comunicación en casos de riesgo o violencia.

Medidas económicas

Incluyen la atribución del uso de la vivienda familiar, la fijación de pensiones alimenticias o compensatorias y la contribución a gastos comunes, garantizando la estabilidad económica durante el proceso.

Medidas urgentes

Cuando hay riesgo inminente para los hijos o el cónyuge, el juez puede acordar medidas urgentes incluso sin escuchar a la otra parte, priorizando la protección inmediata.

Procedimiento para solicitar medidas cautelares en familia

Existen dos momentos para solicitar medidas cautelares en el ámbito familiar:

Medidas previas a la demanda

Se solicitan antes de iniciar el procedimiento de divorcio o separación, cuando la urgencia exige una intervención inmediata.
Una vez presentadas, el solicitante tiene 30 días para formalizar la demanda principal.

Medidas coetáneas

Son las que se solicitan junto con la demanda principal, y su efecto se mantiene mientras dura el procedimiento judicial.

Requisitos exigidos por los tribunales

Para que el juez conceda una medida cautelar, deben cumplirse tres requisitos esenciales:

Fumus boni iuris

Debe existir apariencia de buen derecho, es decir, que el solicitante tenga indicios razonables de que su pretensión principal será estimada.

Periculum in mora

Debe demostrarse el riesgo de perjuicio irreparable si no se adopta la medida de manera inmediata.

Proporcionalidad

El juez evaluará que la medida solicitada no cause un daño mayor que el que pretende evitar, asegurando un equilibrio entre las partes.

Consejos prácticos para solicitar medidas cautelares

  • Reúne toda la documentación y pruebas que acrediten la urgencia o el riesgo.

  • Actúa con rapidez: el tiempo es clave para que el juez perciba la inmediatez del perjuicio.

  • Busca asesoramiento especializado para presentar una solicitud bien fundamentada.

  • Mantén la coherencia procesal: las medidas cautelares deben estar relacionadas con la demanda principal.

Otros servicios relacionados